¿Cuál es el fundamento del cobro del impuesto Predial? | ||||||
El fundamento del Impuesto Predial lo podrá encontrar en el Código Financiero del Distrito Federal. Específicamente los Artículos 148 al 155. | ||||||
Referencias | ||||||
¿Cómo se calcula el impuesto Predial, ya sea de uso Habitacional, No Habitacional y de Arrendamiento? | ||||||
Visite la siguiente dirección de Internet donde encontrará información al respecto y el procedimiento para dicho cálculo de conceptos: | ||||||
Referencias | ||||||
¿Cómo puedo realizar el cambio de nombre en la boleta Predial? | ||||||
Para realizar el cambio de nombre en la boleta predial, debe acudir a la Administración Tributaria que le corresponde a su domicilio y presentar en el Módulo Universal con los siguientes documentos: | ||||||
Referencias | ||||||
¿Cómo puedo dar de alta un inmueble para que me asignen un número de cuenta predial? | ||||||
Debe dar de alta su inmueble en el Padrón de Contribuyentes del Impuesto Predial, para lo cual tiene que acudir al Módulo Universal de la Administración Tributaria que corresponda al domicilio del inmueble, en un horario de 8:30 a 15:00 hrs., y presentar los siguientes documentos: | ||||||
Referencias | ||||||
¿Cómo obtengo la certificación de pagos del Impuesto Predial de años anteriores? | ||||||
Para mayor facilidad y rapidez usted puede realizar el trámite de certificación de pagos en los Centros de Servicio de la Tesorería, con un horario de atención de lunes a domingo de 9:00 a 21:00 hrs. | ||||||
Referencias | ||||||
¿Cómo puedo saber cuáles son los bimestres o años que adeudo del Impuesto Predial? | ||||||
Usted podrá consultar sus adeudos y realizar los pagos, del Impuesto Predial vigente y anteriores, visitando nuestra sección de "Formato Universal de la Tesorería" de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal y a continuación ingrese al módulo de Impuesto Predial (donde ingresará su número de cuenta que es de 12 dígitos) y obtenga su Línea de Captura con su respectivo Formato Universal. | ||||||
Referencias | ||||||
Si realizo mi pago ya sea en Ventanilla Bancaria o por Banca Electrónica (Internet), ¿cuál es mi comprobante de pago? | ||||||
Para obtener información relacionada con su comprobante de pago (ver Referencias). | ||||||
Referencias | ||||||
¿Cómo tramito la devolución de un pago que se realizó dos veces por equivocación? | ||||||
Deberá acudir al Módulo Universal de la Administración Tributaria más cercana a su domicilio a promover una devolución de pago, donde será atendido de 8:30 a 15:00 hrs. de lunes a viernes; debiendo presentar solicitud de devolución mediante la forma autorizada (mismo que le proporcionará el orientador fiscal), en original y dos copias con firmas autógrafas, comprobante de los pagos originales, motivo de la devolución y copia de identificación del promovente. | ||||||
Referencias | ||||||
No estoy de acuerdo con el cobro del impuesto predial que me hacen, con los metros cuadrados que me asignan de construcción y no me llega mi boleta predial a mi domicilio. | ||||||
Le informamos que el Boletín 1268 del 21 de Diciembre de 2003, dice: "Apunta que las únicas personas que sí podrán acudir a las Administraciones Tributarias para tratar asuntos relacionados con el pago de Predial, son quienes no reciban en su domicilio la boleta respectiva, no estén de acuerdo con los datos contenidos en ella o la extravíen (ver referencias). | ||||||
Referencias | ||||||
¿Quiero saber la cuenta predial de mi casa? | ||||||
En razón de lo dispuesto en el Artículo 124 del código Financiero del Distrito Federal, las autoridades Fiscales deben observar absoluta reserva respecto a los datos que los contribuyentes proporcionan en sus declaraciones, por ello, exigen que los solicitantes de información acrediten su interés jurídico y que los que promueven a nombre de otra persona acrediten su representación legal, para que la información que se proporcione la reciban las personas legalmente interesadas y no otra que pudiera hacer mal uso de la información que se proporcione. Por tal motivo se ha restringido la información referida por vía Internet. | ||||||
Referencias | ||||||
Esta sección ha sido desarrollada gracias a las solicitudes de información que amablemente la ciudadanía nos hace llegar mediante nuestro servicio de atención. Lo invitamos a seguir participando.
Las respuestas que aquí se presentan han sido formuladas por expertos en cada tema que brindan el soporte a los cuestionamientos que nos hace llegar la ciudadanía.
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